| Venta de Terrenos y Solares Urbanizables para Construcción |
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| martes, 28 de marzo de 2006 | |||||
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Si usted es intermediario, captador o propietario directo, le invitamos a tomar contacto con nosotros y presentarnos sus propiedades en venta, un breve pero preciso estudio será efectuado sobre su terreno/solar y una respuesta con la correspondiente oferta o contraoferta le será proporcionada a usted. Las reglas y procedimiento generales se describen siguientemente: Para intermediarios y captadores: - Los terrenos y solares presentados deben ser de primera mano, es decir que usted tenga el contacto directo con el propietario y ser capaz de organizar en su debido momento la visita del terreno/solar con nuestros arquitectos, sin ningún inconveniente. - La regla anterior sólo tiene excepción cuando usted es el segundo intermediario pero que posee y garantiza que todos los datos de la propiedad son verídicos y mantiene una relación seria y profesional con el primer intermediario. Además también debe ser capaz de organizar la visita del terreno/solar con nuestros arquitectos. - A propósito de los datos tales como precio, medidas, calificaciones, normativas; todos éstos deben estar a la mano y preparados en un dossier, simple pero preciso. Y muy importante, estos datos deben ser verídicos y verificables por nuestro personal financiero y técnico. - Las cartas de intención de compra sólo serán remitidas a usted (el intermediario) cuando y sólo después de haber visitado el terreno/solar in situ (fisicamente). La experiencia nos lleva a hacerlo de esta manera ya que nos evitará malos entendidos y confusiones en lo que respecta al terreno/solar y sus medidas. ( Ejemplo: En el pasado se han hecho ofertas sobre terrenos que finalmente no tenían exactamente las medidas como las estipulaba el intermediario, resultando en confusiones y modificaciones en la realización de los proyectos y evidentemente alterando los cálculos de costes realizados.) - Los pagos de comisiones y honorarios se hacen, salvo excepciones pactadas, en dos partes, la midad en el contrato de arras y el resto al momento de la escritura ante notario. Además los honorarios tienen que ser sujetos a convenios entre ambas partes, por ejemplo rebajas o aumentos según la talla del precio de venta del terreno/solar. Para Propietarios directos: - Los propietarios deben tener el tema de venta lo suficientemente claro, es decir que no se aceptarán retracciones en el proceso de venta ("echarse para atrás"). - El tema del precio también debe ser un tema clarísimo, no se aceptarán cambios de precio de último minuto. - 'Subasta' o el 'a ver quien da más' no entran en nuestra política de trabajo. - Si usted tiene claro los 3 puntos arriba expuestos, procederemos a analizar su terreno/solar con la mayor discresión y llevaremos la operación a buen término ante notario, previo acuerdo en la manera de pago que usted requiera.
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